Nuevas medidas sociales en defensa del empleo

El estado de emergencia sanitaria sigue ampliándose semana tras semana. Por ello, el Gobierno ha tomado nuevas medidas sociales en defensa del empleo. Se acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo a tal efecto. La principal medida de este RD es la prolongación de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor hasta el próximo 30 de junio. La entrada en vigor de esta nueva medida es hoy, 13 de mayo, fecha de su publicación.

A modo de resumen, las medidas sociales adoptadas en este RD hacen referencia a cuatro puntos clave:

  • La prórroga de los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio.
  • El reparto de dividendos y transparencia fiscal.
  • Aspectos relativos a la exoneración del abono de las cuotas a la Seguridad Social.
  • Establecimiento de una comisión tripartita para el seguimiento de las medidas en la fase de excepcionalidad atenuada.

Descarga el Informe sobre las Nuevas Medidas Sociales en Defensa del Empleo

Medidas sociales relativas a los ERTE

La prórroga de los ERTE hasta el 30 de junio de este año solo afecta a las empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor. Si la empresa puede recuperar parcialmente su actividad, podrá incorporar a los trabajadores afectados por el ERTE, con preferencia a las reducciones de jornada.

En este último caso, las empresas deben comunicar a la autoridad laboral la renuncia total al ERTE en el plazo de 15 días. También deben comunicar al SEPE la variación de trabajadores incluidos en dichos expedientes.

El Real Decreto-ley 18/2020 garantiza también el mantenimiento del empleo por las empresas tras un plazo de seis meses desde el momento de la reanudación de su actividad. Se entiende así la reincorporación laboral de los trabajadores afectados por el ERTE, aunque esta vuelta al trabajo sea parcial o solo se realice con parte de la plantilla.

Dividendos y transparencia fiscal

Este nuevo RD no deja lugar a dudas: empresas con domicilio fiscal en paraísos fiscales no pueden acogerse a la prórroga de los ERTE por fuerza mayor.

Además, aquellas empresas que opten por acogerse a los beneficios de la prórroga de los ERTE no pueden realizar el reparto de dividendos en el ejercicio fiscal en el que se hayan aplicado estos ERTE. Sin embargo, si devuelven la exoneración aplicada a las cuotas de la Seguridad Social sí podrían realizar el reparto de dividendos.

Exoneración de cuotas a la Seguridad Social

Se mantiene la exoneración del abono de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas que continúen acogidas a un ERTE total por causa de fuerza mayor. Se establecen varios tramos en función del mes, número de trabajadores y su afectación por el ERTE. Se incentiva el retorno a la actividad manteniendo vigentes las medidas sanitarias pertinentes.

Nuevas medidas sociales: Comisión tripartita

El Real Decreto-ley 18/2020 establece la creación de una Comisión de Seguimiento tripartita para el proceso de desconfinamiento. Estarán implicados los Ministerios de Trabajo y Economía Social, Inclusión y Agentes Sociales.

De manera ordinaria, esta Comisión se reunirá cada segundo miércoles del mes, previa convocatoria del Ministerio de Trabajo y Economía Social. También se reunirá de manera extraordinaria cada vez que así lo soliciten al menos tres de las cuatro organizaciones que la conforman.

Se consultará con esta Comisión una posible prórroga de los ERTE más allá del 30 de junio de 2020.

Accede a la información completa sobre las nuevas medidas sociales en defensa del empleo haciendo clic aquí.

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