El pasado 1 de marzo vio la luz, al día siguiente de uno de los llamados viernes sociales: el Real Decreto-ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Un título tan amplio como la batería de medidas que recogía: ampliación y en parte equiparación de permisos por nacimiento y cuidado del menor, obligación de registro de salarios para evitar la brecha de género, medidas en pro de la corresponsabilidad, derecho a solicitar la adaptación de la duración y distribución de la jornada, ampliación del umbral de empresas obligadas a implantar un Plan de Igualdad y obligación de registro, así como modificaciones respecto del Diagnóstico previo al Plan, todo ello tanto para empresas privadas como para las Administraciones Públicas.
La ampliación del número de empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad es una medida más de las que desde 2007 pretenden, tras la Ley Orgánica de Igualdad, que el derecho a la igualdad recogido en nuestra Constitución y proclamado en diversos Tratados y Declaraciones de ámbito europeo y mundial, sea un derecho no sólo formal sino real, es decir, que se pueda conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Son, por razones obvias, las empresas más pequeñas donde en mayor medida existe esta desigualdad de oportunidades, bien por falta de recursos internos, por desconocimiento, o por la ausencia de políticas de Recursos Humanos que diseñen y garanticen esta Igualdad.
Dejando de un lado esta primera reflexión, pasemos ahora al importante papel del diagnóstico previo al Plan de Igualdad, donde se hace una fotografía de la situación en la que se encuentra la empresa, se obtiene un análisis muy profundo acerca de los procesos más importantes y claves que conforman la estrategia de Recursos Humanos.
En el mismo, se analizan los protocolos que existen y están ya instaurados relacionados con áreas como el reclutamiento de los candidatos, criterios establecidos en el proceso de selección, definición de las funciones y responsabilidades de cada puesto de la organización, manual de acogida del empleado, plan de formación y desarrollo, política retributiva, la existencia de protocolos de acoso sexual y por razón de sexo… todos ellos, críticos y claves en el plan estratégico de Recursos Humanos de cualquier empresa con independencia del sector y del número de empleados.
De este modo, paralelamente al objetivo de cumplimiento de la norma, se asegura la existencia de los mínimos que cualquier organización deber cumplir en materia de organización, desarrollo, motivación y satisfacción de los empleados.
Javier Blasco de Luna
Director, The Adecco Group Institute
VI Observatorio Adecco de Igualdad
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